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Resolución N° 0505-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-05-28

PRIMERO: Declarar INADMISIBLE la solicitud de ASUNCIÓN DE TITULARIDAD, presentada por MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO – MIDAGRI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución

Resolución N° 0504-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-05-28

APROBAR la CESIÓN EN USO EN VÍAS DE REGULARIZACIÓN a plazo determinado de CINCO (5) AÑOS computado el plazo a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, a favor de la IGLESIA CRISTIANA EVANGÉLICA CAMINO DE VIDA, respecto del predio de 155,40 m², ubicado en el lote 16, manzana 25 del Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Vista Alegre, distrito de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna, inscrito en la partida N.° P20019204 del Registro de Predios de Tacna, con CUS N.° 49150, con la finalidad de que continúe siendo destinado al funcionamiento del templo.

Resolución N° 0503-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-06-04

PRIMERO: Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del predio de naturaleza eriaza de 42 499,50 m2 ubicado a la altura del kilómetro 202 de la carretera Panamericana Norte y a 2.5 km aprox del Centro Poblado Galpón, colindante al litoral peruano, en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. SEGUNDO: REMITIR la presente resolución y la documentación técnica que la sustenta, a la Zona Registral N° IX – Oficina Registral de Barranca – Sede Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para la inscripción correspondiente. TERCERO: Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la Sede Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (www.gob.pe/sbn).

Resolución N° 0502-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-05-27

Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDO el procedimiento de constitución del derecho de servidumbre sobre terrenos eriazos de propiedad estatal para proyectos de inversión seguido por el señor SEGUNDO HERMILIO VILLENA PEREZ, respecto de las áreas de 11 646,78 m2, 14 781,70 m2 y 44 454,75 m2, ubicadas en el distrito de Pariñas, provincia de Talara en el departamento de Piura, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO el Acta de Entrega-Recepción n.° 00104-2018/SBN-DGPE-SDAPE del 20 de julio de 2018 y el Acta de Entrega-Recepción n.° 00036-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 22 de marzo de 2024. Artículo 3.- El señor SEGUNDO HERMILIO VILLENA PEREZ, deberá devolver a la SBN “los predios” entregados provisionalmente mediante la suscripción de un Acta de Entrega - Recepción dentro de un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de haber quedado firme la presente resolución; en caso de incumplimiento, se comunicará a la Procuraduría Pública de la SBN para que efectué las acciones de su competencia. Artículo 4.- El señor SEGUNDO HERMILIO VILLENA PEREZ, deberá pagar a la SBN el monto de S/. 106 773,06 (Ciento seis mil setecientos setenta y tres con 06/100), como contraprestación por el uso provisional de “los predios” señalados en el artículo 1 de la presente resolución dentro del plazo de diez (10) días hábiles de haber quedado firme la misma; en caso de incumplimiento, se comunicará a la Procuraduría Pública de la SBN para que efectué las acciones de su competencia. Artículo 5.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Subdirección de Supervisión de esta Superintendencia a fin que realice las acciones de supervisión conforme a sus competencias. Artículo 6.- Comunicar la presente resolución a la Unidad de Finanzas de la SBN a finde que gestione el cobro de la suma señalada en el artículo 4 de la presente resolución. Artículo 7.- Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del presente procedimiento administrativo, una vez que quede firme la presente resolución.

Resolución N° 0501-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-05-27

Artículo 1.- Dar por CONCLUIDO el procedimiento de constitución del derecho de servidumbre sobre terrenos eriazos de propiedad estatal para proyectos de inversión presentado por la empresa MINERA OPCIÓN S.A.C., respecto del predio de 171 965,50 m2, conformado por dos (02) áreas de 166 496,10 m2 y 5 469,40 m2, ubicadas en el distrito de Chaparra, provincia de Caravelí en el departamento de Arequipa, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- DEJAR SIN EFECTO el Acta de Entrega-Recepción n.° 0017-2020/SBN-DGPE-SDAPE del 07 de febrero de 2020, modificada mediante Acta de Entrega-Recepción n.° 00178-2023/SBN-DGPE-SDAPE del 01 de diciembre de 2023. Artículo 3.- La empresa MINERA OPCIÓN S.A.C., deberá devolver a la SBN el predio entregado provisionalmente mediante la suscripción de un Acta de Entrega - Recepción dentro de un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de haber quedado firme la presente resolución; en caso de incumplimiento, se comunicará a la Procuraduría Pública de la SBN para que efectúe las acciones de su competencia. Artículo 4.- La empresa MINERA OPCIÓN S.A.C., deberá pagar a la SBN el monto de S/ 101 871,64 (Ciento un mil ochocientos setenta y uno con 64/100 Soles) como contraprestación por el uso provisional del predio señalado en el artículo 1 de la presente resolución dentro del plazo de diez (10) días hábiles de haber quedado firme la presente resolución; en caso de incumplimiento, se comunicará a la Procuraduría Pública de la SBN para que efectúe las acciones de su competencia. Artículo 5.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Subdirección de Supervisión de esta Superintendencia a fin que realice las acciones de supervisión conforme a sus competencias. Artículo 6.- Comunicar la presente resolución a la Unidad de Finanzas de la SBN a fin de que gestione el cobro de la suma señalada en el artículo 4 de la presente resolución. Artículo 7.- Disponer el ARCHIVO DEFINITIVO del presente procedimiento administrativo, una vez quede firme la presente resolución.

Resolución N° 0500-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-06-04

PRIMERO: Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado de un terreno eriazo de 30 037,72 m2, ubicado al Este del cerro Cosquillo y al Sur del centro poblado Puerto Santa, entre las manzanas B y D del centro poblado Puerto Santa, distrito y provincia de Santa y departamento de Áncash, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Resolución N° 0499-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-05-22

APROBAR la AFECTACIÓN EN USO a plazo INDETERMINADO en favor de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR respecto del predio de 11 180,86 m², que forma parte de un predio de mayor extensión, ubicado en el distrito de Santa María del Mar, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida N.° 11738185 del Registro de Predios de Lima y anotado con CUS N.° 39686, con la finalidad de que sea destinado a la ejecución del proyecto “Complejo deportivo, circuito ciclístico y ecológico Santa María del Mar - distrito de Santa María del Mar - provincia de Lima - departamento de Lima”; conforme a los argumentos expuestos en la resolución.

Resolución N° 0498-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-05-24

Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo de 582 268,07 m2 ubicado hacia el oeste del Asentamiento Humano Los Parrales hacia el sur del Asentamiento Humano Santa Rosa, al este del distrito de Ventanilla y a 580 m. aprox. del cruce de la avenida Santa Rosa y la Ca. Tacna, del distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.

Resolución N° 0497-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-05-22

Declarar IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCA SANCOS, representada por su alcalde Abigael Salcedo Huaman, en virtud a los argumentos expuestos en la presente Resolución.

Resolución N° 0496-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-05-22

APROBAR la AFECTACIÓN EN USO a plazo INDETERMINADO a favor del GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA respecto del predio de 6 538,87 m², ubicado en la Manzana 6´, Lote 1, Zona B del Pueblo Joven Miguel Grau, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, inscrito en la partida N.° P06026944 del Registro de Predios de Arequipa anotado con el CUS N.° 62471 con la finalidad de que la Red de Salud Arequipa Caylloma de la Gerencia Regional de Salud ejecute el proyecto denominado “Mejoramiento del servicio de habitabilidad institucional en la sede Administrativa de la Red de Salud Arequipa –Caylloma de Centro Poblado Paucarpata, distrito de Paucarpata de la provincia de Arequipa del departamento de Arequipa” conforme a los argumentos expuestos en la resolución.