COMUNICADO OFICIAL Nº 002-2017 – SBN
Fuente: Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN

En referencia a las publicaciones vertidas en algunos medios de comunicación, se hace de conocimiento a la opinión pública quD:

La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) como ente rector de la administración de los bienes del Estado saluda la iniciativa de la Municipalidad Distrital de San Isidro, que busca recuperar espacios públicos para desarrollar proyectos a favor de sus vecinos.

Del mismo modo hace de conocimiento que el predio que solicita la Municipalidad Distrital de San Isidro, no se encuentra disponible, puesto que se formalizó la ocupación del Ministerio del Interior (MININTER) en dicho espacio, luego de que la referida comuna no presentó los requisitos legales exigidos en la Directiva Nº 005-2011/SBN, originando la desestimación de su pedido, y dando lugar a la evaluación de otras solicitudes, entre las que se encontraba la del MININTER.

Este proceso se remonta a 1947, cuando se entrega como aporte reglamentario a favor del Estado un área de 20 687,09 m² (ubicada en la Avenida Canaval y Moreyra, cuadra 6 y 7, urbanización Corpac, distrito de San Isidro), para la habilitación del estacionamiento del Terminal Aéreo de Limatambo y no de un espacio para uso público. En 1960, con el trasladado de dicho Aeropuerto al Callao, el predio retorna a la administración del Estado. El mismo que fue incluido por el “Proyecto Especial para la Reubicación de Sedes Institucionales del Poder Ejecutivo, denominado PROSEDE”.

En consecuencia, en el año 2008 la SBN mediante Resolución N° 040-2008/SBN-GO-JAD confirmada por Resolución N° 011-2008/SBN-GO declaró la desafectación del inmueble, lo cual fue impugnado en la vía judicial por la Municipalidad Distrital de San Isidro, quien argumentó ser la administradora del “predio”. Sin embargo su demanda fue declarada infundada por el Octavo Juzgado Contenciosos Administrativo de Lima y esta sentencia fue confirmada por la Corte Superior de Justicia de Lima y finalmente la Corte Suprema de Lima declaró improcedente su pedido de casación, dando fin al proceso judicial.

Es así que el 25 de noviembre del 2016, la SBN regulariza la ocupación que ejerce el MININTER, quien sustentó su solicitud indicando que la División de Seguridad del Ministerio del Interior (DIVSEMIN) ocupa el predio por más de 15 años, y procedió a cercarlo en la década de los 80, por la naturaleza de sus actividades y la necesidad de garantizar la seguridad de las mismas, además de haber cumplido con los requerimientos legales para el otorgamiento del predio.

La SBN, exhorta al Ministerio del Interior y a la Municipalidad Distrital de San Isidro a fin de iniciar un proceso de diálogo para evaluar la posibilidad del uso compartido del predio, situación de la que se mantendrá atenta a fin viabilizar los acuerdos a los que se arriben en el marco de la Ley.