Aprobar la Directiva N° 004-2006/SBN que regula el "Procedimiento para el registro de bienes inmuebles estatales en el Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal".
Aprobar la Directiva N° 001-2006/SBN "Directiva para la racionalización del Gasto Público en la Superintendencia de Bienes Nacionales para el Ejercicio 2006",
Aprobar la directiva N° 003-2005/SBN, Directiva que establece incentivo, estimulos y mecanismos de protección establecidos en la Ley de Código de Ética de la función Pública
Aprobar la Directiva N° 002-2005/SBN, "Procedimientos para la venta de los Bienes Muebles dados de Baja por las Entidades Públicas", la misma que forma parte integrante de la presente Resolución.
Modificar los numerales 1.5.4, 3.3.4, 3.4.1, 3.4.4, 3.4.7 y 3.4.8 de la Directiva N° 002-2002/SBN "Procedimientos para la aprobación de la venta de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad", aprobada por la Resolución N° 019-2002/SBN, de fecha 12 de Julio de 2002.
Aprobar la Directiva N° 007-2004/SBN, por la cual se regula el "Procedimiento para la constitución del derecho de superficie en predios de dominio privado del Estado", la que forma parte integrante de la presente Resolución.
Aprobar la Directiva N° 006-2004/SBN, por la cual se regula al "Procedimiento para el arrendamiento de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad ", la que forma parte integrante de la presente Resolución.
Aprobar la Directiva N° 005-2004/SBN, por la cual se regula los procedimientos de Administración, custodia y disposición de los bienes incautados y decomisados por el delito de terrorismo y traición a la patria, al amparo de los Decretos Legislativos N° 922 Y 926.
Aprobar la Directiva N° 004-2004/SBN que modifica los numerales 2.3, 2.5 y 2.6 de la Directiva N° 002-2004/SBN, la que forma parte integrante de la presente Resolución.
Rectificar la Resolución N° 012-2004/SBN, que aprueba la Directiva N° 002-2004/SBN, referida a los mecanismos para la reversión de terrenos urbanos del distrito de Majes a favor del Estado, en el tercer considerando y en los artículos 2.1 y 2.2 de la Directiva, cuando se indica Proyecto Especial Majes-Siguas, antes Autoridad Autónoma de Majes (AUTODEMA), debe entenderse referido sólo a la Autoridad Autónoma de Majes (AUTODEMA).