Declarar INADMISIBLE la solicitud de TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192, presentada por el MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES – PROVIAS NACIONAL por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentado por la sociedad conyugal conformada por GALDINO SERGIO CARLONI PAVANEL y GLORIA ESPERANZA RAMOS RODRIGUEZ DE CARLONI, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar INADMISIBLE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por SERAFINA CORNELIO SATURNO y JUAN CARDENAS ONOFRE por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Aprobar la INDEPENDIZACIÓN del área de 142 213,00 m2, ubicada en el distrito de “Veintiséis de Octubre”, provincia y departamento de Piura, que forma parte de un predio de mayor extensión inscrito a favor del Ministerio de Agricultura y Riego, en la Partida Registral N° 04016467 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Piura de la Zona Registral N° I – Sede Piura, con CUS N° 118024.Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del predio descrito en el artículo 1° de la presente Resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL, con la finalidad de que se ejecute el proyecto denominado: TRAMOS VIALES DEL EJE MULTIMODAL DEL AMAZONAS NORTE DEL “PLAN DE ACCIÓN PARA LA INTEGRACIÓN DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL SUDAMERICANA - IIRSA”.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES JOSÉ MARÍA ARGUEDAS DE PAMPLONA ALTA – SAN JUAN DE MIRAFLORES, representado por su presidente del consejo directivo Rodrigo Tueroconza Uscata, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de venta directa presentada por CONSTRUCTORA EJECUTORA VENTAS DE BIENES Y SERVICIOS A & L S.A.C., representada por Jesús Benjamín García Silvestre, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de VENTA DIRECTA presentada por SANDRA PAOLA FIESTAS ZEGARRA, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 79,10 m2, ubicado en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, que forma parte del predio de mayor extensión inscrito a favor de la Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, en la Partida Registral N° P10065078 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, con CUS N° 118349, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución.Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del predio descrito en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES – PROVÍAS NACIONAL, con la finalidad que se destine a la ejecución del proyecto denominado: "AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO – CHICLAYO - PIURA – SULLANA)”.
DISPONER la INDEPENDIZACIÓN del área de 130,78 m2, ubicado en el distrito de La Victoria, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, que forma parte del predio de mayor extensión inscrito a favor de la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura y Pesquería, hoy Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, en la Partida Registral N° 02190329 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral N° II – Sede Chiclayo, con CUS N° 118149, según la documentación técnica brindada por el titular del proyecto que sustenta la presente Resolución.Aprobar la TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE PROPIEDAD DEL ESTADO POR LEYES ESPECIALES EN MÉRITO AL DECRETO LEGISLATIVO N° 1192 del predio descrito en el artículo 1° de la presente resolución, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTE Y COMUNICACIONES – PROVÍAS NACIONAL, con la finalidad que se destine a la ejecución del proyecto denominado: "AUTOPISTA DEL SOL (TRUJILLO – CHICLAYO - PIURA – SULLANA)”.
APROBAR la TRANSFERENCIA PREDIAL ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS del predio de 36 228,05 m2, ubicado en el Lote 1 de la Manzana H4 del “Asentamiento Humano Villa Hermosa”, distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, inscrito en la Partida Registral N° P09105805 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Casma de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz, con CUS N° 98781; a favor del MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO, para la ejecución del Proyecto Integral Urbano de Vivienda Social denominado: “Villa Hermosa”; bajo sanción de reversión a favor del Estado en caso de incumplimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 69º del Reglamento de la Ley Nº 29151.DISPONER que el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO tiene el plazo de dos (2) años, contados desde la notificación de la presente resolución, bajo sanción de reversión, para presentar el Programa o Proyecto de Desarrollo o Inversión con los respectivos planes y estudios técnico - legales para su ejecución, de conformidad con lo expuesto en el numeral 18.3 del décimo octavo considerando de la presente resolución.DISPONER que el MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO tiene el plazo de dos (2) años, contados desde la notificación de la presente resolución, para que gestione y obtenga el cambio de zonificación del predio descrito en el artículo primero de la presente resolución, ante el Gobierno Local respectivo, bajo apercibimiento de reversión de dominio de pleno derecho, de conformidad con lo establecido en el numeral 7.3 del artículo VII de la Directiva Nº 005-2013/SBN.DISPONER la inscripción de la presente resolución en el Registro de Predios de la Oficina Registral de Casma de la Zona Registral N° VII – Sede Huaraz de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos.