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Resolución N° 0388-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-25

Artículo 1°: Declarar INADMISIBLE la solicitud de CONSTITUCIÓN DEL DERECHO DE SERVIDUMBRE DE PASO Y TRÁNSITO en el marco del TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N.° 1192 presentada por la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARATA, por las razones expuestas en la presente resolución.

Resolución N° 0387-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-25

Artículo 1°.- DISPONER la EXTINCIÓN DE LA AFECTACIÓN EN USO otorgada a favor del COMEDOR POPULAR KEIKO SOFÍA por causal de incumplimiento de la finalidad a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, respecto del predio de 120,00 m2, constituido por el Lt. 12, Mz. C, Asentamiento Humano Simón Bolívar I, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida n.° P02124190 del Registro de Predios de Lima, y anotado con CUS n.° 32942.

Resolución N° 0386-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-26

PRIMERO. - Disponer la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del Estado del terreno eriazo denominado predio del Estado “PIU-116-03” con un área de 162 034,56 m2 ubicada a la altura de la Red Vial Nacional – Empalme PE-1NK (Km 72.50 aproximadamente) y a 0.50 Km al Suroeste del C.P. Parachique - La Bocana del otro lado del Estuario Virrilá, en el distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. SEGUNDO. - Aprobar la DETERMINACIÓN DE LA ZONA DE DOMINIO RESTRINGIDO respecto del terreno eriazo denominado predio del Estado “PIU-116-03” con un área de 162 034,56 m2. TERCERO.- Remítase la presente resolución y la documentación técnica que la sustenta a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción correspondiente. CUARTO. - Publicar la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano” y en la Sede Digital de la Superintendencia Nacional de Bienes (www.gob.pe/sbn).

Resolución N° 0385-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-26

PRIMERO: DISPONER la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del ESTADO en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley 30556, respecto de un terreno de rural 50 879,45 m² denominado Cantera La Pampa Afuera A, ubicada en el distrito y provincia de Casma y departamento de Ancash, según el plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. SEGUNDO: APROBAR la AFECTACIÓN EN USO a plazo determinado de dos (2) años a favor de la AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA - ANIN, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley 30556 respecto del predio descrito en el artículo precedente, con la finalidad de ser destinado al Proyecto: "Creación del servicio de protección ante inundaciones en el río Casma, río Sechín y río Grande en los distritos de Comandante Noel, Buena Vista, Casma y Yaután – 4 distritos de la provincia de Casma – departamento de Áncash”.

Resolución N° 0384-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-26

PRIMERO: DISPONER la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO a favor del ESTADO en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley 30556, respecto de un terreno de eriazo de 31 307,44 m² denominado Cantera La Cabaña, ubicado por la vía Huarmey – Recuay a la altura del Km. 20+000 aproximadamente; en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, según el plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución. SEGUNDO: APROBAR la AFECTACIÓN EN USO a plazo determinado de dos (2) años a favor de la AUTORIDAD NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA - ANIN, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley 30556 respecto del predio descrito en el artículo precedente, con la finalidad de ser destinado al Proyecto: "Creación del Servicio de Protección ante Peligro de Inundaciones en ambas Márgenes del Rio Huarmey, desde el Sector Huamba hasta la salida del Mar, en los Distritos de Huarmey y Huayán de la Provincia de Huarmey - Departamento de Ancash”.

Resolución N° 0383-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-26

DISPONER la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO en el marco del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 1192, del terreno eriazo de 4 797,54 m², ubicado entre las progresivas km. 79+660 al km 79+900, en el distrito de Matucana, provincia de Huarochirí y departamento de Lima, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, con la finalidad de ser destinado para la ejecución de la Infraestructura Vial denominada: “IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente Ricardo Palma - La Oroya - Huancayo y La Oroya -Desvío Cerro de Pasco)”, en virtud de los argumentos antes expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0382-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-25

Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO N.° 1192, presentada por el MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – MTC, respecto de un área de 464,77 m², ubicada en el sector San Luis Naranjillos, en el distrito de Nueva Cajamarca, provincia de Rioja, departamento de San Martín, con la finalidad de ser destinada al proyecto de infraestructura Vial denominado: Tramos viales del eje multimodal del Amazonas Norte del “Plan de acción para la integración de infraestructura regional sudamericana - IIRSA”, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0381-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-25

Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO N.° 1192, presentada por el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA – SEDAPAL, respecto de un área de 253,00 m², ubicada en la Urbanización el Platanal, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, con la finalidad de ser destinada al proyecto denominado: “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado - Distrito de Lurín”, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0380-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-25

Declarar INADMISIBLE la solicitud de PRIMERA INSCRIPCION DE DOMINIO EN EL MARCO DEL DECRETO LEGISLATIVO N.° 1192, presentada por el SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LIMA – SEDAPAL, respecto de un área de 10,57 m², ubicada en la avenida Las Palmas, acceso a la U.C. 5024, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, con la finalidad de ser destinada al proyecto denominado: “Construcción de Pozo de monitoreo; en el (la) Sector Hidráulico B, distrito de Lurín, distrito de Pachacamac y distrito de Cieneguilla, provincia de Lima, departamento de Lima”, en virtud a los argumentos expuestos en la presente resolución.

Resolución N° 0379-2024/SBN-DGPE-SDAPE
Publicado el 2024-03-26

PRIMERO. - Rectificar el error material contenido en el artículo PRIMERO de la Resolución N.° 0146-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 14 de febrero de 2024, debiendo quedar en los términos siguientes: Donde dice: “PRIMERO: DISPONER la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO en el marco del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192 del predio rural de 2 673,83 m², ubicada en el ámbito de la carretera, ubicado a la altura del km 159+387 al km 159+441, lado derecho de la carretera panamericana norte de la Red Vial 5, en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - MTC con la finalidad de destinarlo al proyecto de infraestructura aeroportuaria (…)”. Debe decir: “PRIMERO: DISPONER la PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO en el marco del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 1192 del predio rural de 2 673,83 m², ubicada en el ámbito de la carretera, ubicado a la altura del km 159+387 al km 159+441, lado derecho de la carretera panamericana norte de la Red Vial 5, en el distrito de Vegueta, provincia de Huaura, departamento de Lima, a favor del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - MTC con la finalidad de destinarlo al proyecto de infraestructura vial (…)”. SEGUNDO. – Rectificar el error material contenido en el artículo SEGUNDO de la Resolución N.° 146-2024/SBN-DGPE-SDAPE del 14 de febrero de 2024, debiendo quedar en los términos siguientes: Donde dice: “SEGUNDO: REMITIR la presente resolución y la documentación técnica que la sustenta, a la Zona Registral N.° II – Sede Chiclayo, Oficina Registral de Cajamarca (…)”. Debe decir: “SEGUNDO: REMITIR la presente resolución y la documentación técnica que la sustenta, a la Zona Registral N.° IX – Sede Lima, Oficina Registral de Barranca (…)”.