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Resolución N° 004-2013/SBN-ORPE
Publicado el 2013-12-20
Se declara que la oposición presentada por el Gobierno Regional de Tacna en relación al trámite de saneamiento vía independización seguido por el Ministerio de Defensa - Ejercito del Perú - 6° Brigada Blindada del fuerte Arica, respecto a los predios denominados ¨Parcela A¨ y ¨Parcela B¨, ubicados en la Zona de Camiara, distrito de Locumba, provincia y departamento de Tacna, inscritos en la ficha registral N° 8067 con su continuación en la partida electrónica N° 05120070 hectáreas, ya fue resuelta mediante Resolución N° 001-2013/SBN-ORPE, de fecha 28 de febrero de 2013, por lo que no resulta procedente volver a emitir un nuevo pronunciamiento sobre dicha oposición.
Resolución N° 003-2013/SBN-ORPE
Publicado el 2013-10-30
Declarar FUNDADA la oposición formulada por el Gobierno Regional del Cusco - Dirección Regional de Salud Cusco- Red de Servicios de Salud Cusco Norte y en consecuencia déjese sin efecto el procedimiento de independización e inscripción de dominio promovido por la Sociedad de Beneficencia Pública del Cusco respecto del predio N° 128 de la calle 21 de Mayo, con un área de 6 326.00m2, ubicado en el distrito de Santiago, departamento y provincia de Cusco, inscrito en la ficha N° 25191 y su continuación la partida N° 02001690 del Registro de Predios de Cusco, al no existir discrepancia respecto a la titularidad del predio, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la Resolución, dándose por agotada la vía administrativa.
Resolución N° 002-2013/SBN-ORPE
Publicado el 2013-09-17
Aceptar el desistimiento formulado por COFOPRI a la oposición presentada al trámite de saneamiento vía independización promovido \"por el Gobierno Regional de Tacna,\"en consecuencia declarar concluido el presente procedimiento Administrativo, por las razones expuestas en las partes considerativas de la presente Resolución.""
Resolución N° 001-2013/SBN-ORPE
Publicado el 2013-02-28
Declarar FUNDADA la oposición formulada por el Gobierno Regional de Tacna y en consecuencia déjese sin efecto el procedimiento de independización e inscripción de dominio promovido por la 6° Brigada Blindada del fuerte Arica, en representación del Ministerio de Defensa -Ejercito del Perú, respecto de los predios denominados; parcela A y B, inscritos en la ficha N°8067 y su continuación de la partida N° 05120070 del Registro de Predios de Tacna, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la Resolución, dándose por agotada la vía administrativa.